POLÍTICA DE CAMBIOS Y/O DEVOLUCIONES

«La devolución o cambio de productos PODRÁ realizarse dentro de las 72 horas (para productos farmacéuticos e insumos médicos, por reglamentación sanitaria, no más allá de 24 horas) posterior al despacho, siempre y cuando, este no presente deterioro de su envase ni se haya realizado la apertura. Los medicamentos con control legal de stock, estériles y/o que requieran refrigeración, no se encuentra permitido su devolución en NINGÚN CASO.»

Cambios y devoluciones en farmacias solufar

¿Se pueden devolver medicamentos?

Los medicamentos son productos de salud que se utilizan para prevenir, tratar o curar enfermedades. Por lo tanto, son productos especiales que requieren un cuidado y manejo especial. En este sentido, es importante conocer las normas que rigen la devolución de medicamentos en las farmacias.

En general, las farmacias no están obligadas a aceptar la devolución de medicamentos. Esto se debe a que los medicamentos son productos que deben mantenerse en condiciones óptimas para garantizar su eficacia y seguridad. Cuando un medicamento se devuelve a la farmacia, es posible que no se haya conservado adecuadamente, lo que podría afectar su calidad.

Sin embargo, existen algunas excepciones a esta regla. Por ejemplo, las farmacias sí están obligadas a aceptar la devolución de medicamentos si:

  • El medicamento está caducado o próximo a caducar.
  • El medicamento presenta defectos de fabricación.
  • El medicamento se ha entregado incorrectamente.

En estos casos, el consumidor tiene derecho a la devolución del medicamento y al reintegro del importe pagado, dando cumplimiento a los derechos de los consumidores.

¿Cuándo no tengo derecho a devolver medicamentos?

No se puede realizar en las siguientes circunstancias:

  • Medicamentos controlados y/o refrigerados.
    • Si adquirió medicamentos en mayor cantidad de la necesaria o si se arrepintió de su compra.
    • Si el medicamento no le hizo efecto y no existe defecto de fabricación
    • Productos y medicamentos con daños ocasionados por el consumidor
    • Medicamentos que ya no utilizará por un cambio de tratamiento indicado por su médico
    • Medicamentos que causen una reacción adversa (se hace reporte obligatorio
    con los detalles al Ministerio de Salud y al ISP).
    • Medicamento distinto al que necesitaba, salvo que exista un error de despacho.
    • Medicamentos o productos consumidos de forma parcial sin defecto en su origen.
    • Productos farmacéuticos elaborados por el Recetario Magistral.

Referencias: Ley N° 19.496 de Protección de los Derechos de los Consumidores y las normas sanitarias de medicamentos